24/05/2020

¿Despido en período de prueba?

Abog. Hugo D. Sánchez Vásquez

Es harto conocido que el período de prueba es de tres meses, a cuyo término el trabajador alcanza protección contra el despido arbitrario, según reza el artículo 10 del D.S. N° 003-97-TR.
Sin embargo, ¿qué hacer si el empleador desvincula al trabajador resolviendo el contrato de trabajo antes de que se cumpla los tres meses?
De primera intención la respuesta sería nada porque en nuestro medio, a diferencia de otros países, no existe ninguna ley o pronunciamiento judicial que diga lo contrario. A lo mucho solo existe un comunicado del MTPE del 16 de marzo de 2020 que refiere que "la declaración de estado de emergencia nacional decretada por el Poder Ejecutivo no justifica el despido de ningún trabajador o trabajadora". Pero esta declaración bien intencionada es tan elástica y general que pierde su finalidad.
Más interesante pero no por ello más satisfactorio es la Guía de Preguntas y Respuestas MTPE que señala que "el periodo de prueba no puede ser usado para cesar al trabajador por causa del estado de emergencia nacional. En todo caso, el cese por periodo de prueba debe guardar relación con la falta de conocimientos o aptitudes esperadas para el puesto que el trabajador ocupa".
Pero ni el referido comunicado ni la guía son en esencia vinculantes, sino meramente orientadoras.
Según se puede deducir, dos vacíos legales se abren. El primero concerniente a la posibilidad de obtener la reposición, o por lo menos una indemnización por daños y perjuicios, tratándose del uso fraudulento del período de prueba menor a los tres meses (dependiendo de las circunstancias concretas del caso). Y el segundo relacionado con la pandemia que puede llegar a constituir un supuesto transitorio y excepcional inhabilitante del corte del contrato de trabajo antes de los tres meses.
En un caso que estamos evaluando una trabajadora fue despedida a los dos meses y medio en plena pandemia. Al principio fuimos claros en decir que plantear una demanda de reposición en base a estos únicos hechos resultaría absolutamente inviable. Sin embargo, mejores lecturas, y sentido común nos hacen ver una luz en el camino. Así que, ¿por qué no?
Nos gusta los casos difíciles y no es la primera vez que afinamos el coco.
Chimbote, 24 de mayo de 2020

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